///CALIFORNIA · GUÍA DEL CONDADO
La fecha límite 2026-2027 para apelar una valoración fiscal de impuesto sobre la propiedad en el condado de Alameda es el 15 de septiembre de 2026. El periodo de presentación corre del 2 de julio de 2026 al 15 de septiembre de 2026.
Las apelaciones de valoración fiscal regular deben presentarse entre el 2 de julio y el 15 de septiembre. Las apelaciones de valoraciones suplementarias o de escape deben presentarse dentro de los 60 días desde la fecha de notificación o del matasellos, lo que ocurra más tarde.
| Fecha límite de apelación 2026-2027 | 15 de septiembre de 2026 |
|---|---|
| Se abre el periodo de presentación | 2 de julio de 2026 |
| Presentar ante | Alameda County Clerk of the Board, Assessment Appeals Unit / Assessment Appeals Board |
| Jurisdicción gobernante | Junta de Apelaciones de Valoración Fiscal del Condado de Alameda / Secretaría de la Junta |
| Después de una apelación exitosa | Una reducción por disminución de valor bajo la Proposición 8 se revisa cada año y se mantiene mientras el mercado la respalde. |
| ¿Puede una junta aumentar el valor? | Sí — vea abajo (Código de Ingresos y Tributos de Cal. §1610.8) |
| Fuente del plazo límite | Apelaciones de Valoración Fiscal - Secretaría de la Junta de Supervisores - Condado de Alameda |
| Última verificación | 16 de agosto de 2026 |
La fecha límite para 2026-2027 es el 15 de septiembre de 2026. El período abre el 2 de julio de 2026. Las apelaciones de valoración regular deben presentarse entre el 2 de julio y el 15 de septiembre. Las apelaciones por valoraciones suplementarias o de escape deben presentarse dentro de los 60 días posteriores a la fecha en que se notificó o franqueó la notificación, lo que ocurra más tarde.
Las apelaciones se presentan ante la Secretaría de la Junta del Condado de Alameda, Unidad de Apelaciones de Valoración Fiscal / Junta de Apelaciones de Valoración Fiscal. La jurisdicción responsable es la Junta de Apelaciones de Valoración Fiscal del Condado de Alameda / Secretaría de la Junta.
Las valoraciones en California parten de un valor base de la Proposición 13 que aumenta alrededor del 2% al año. La Proposición 8 exige que el tasador registre el menor valor entre ese base ajustado y el valor de mercado actual de la propiedad, por lo que si el mercado baja por debajo de la lista, aplica una apelación por disminución de valor. Varios condados ofrecen primero una revisión informal con el tasador; las apelaciones formales se presentan ante la Junta de Apelaciones de Valoración del condado, y una reducción por la Proposición 8 se revisa cada año, manteniéndose mientras el mercado lo respalde.
Es posible: una Junta de Apelaciones de Valoración de California iguala la lista al reducir o aumentar una valoración (Cal. Rev. & Tax. Code §1610.8), y el límite de la Proposición 13 protege las apelaciones por disminución de valor, no las disputas de valor base anual. Por eso revisamos esa exposición antes de presentar: no apelamos si la detectamos, y si surge después de presentar nos retiramos.
Última verificación el 16 de agosto de 2026.
Ingrese su dirección y revisaremos los registros propios del condado de Alameda sin costo. Si no existe caso, también se lo comunicaremos.
Prestando servicio en California, Georgia y Florida.
Apelaciones de impuesto sobre la propiedad en California. Cualquier estimación se basa en datos de valoración fiscal del condado y registros públicos, y no es garantía de ningún resultado. Los términos de representación y honorarios se proporcionan por escrito antes de cualquier presentación. La información sobre fechas límite refleja materiales publicados por el condado con fecha indicada arriba — verifique con la Secretaría de la Junta del Condado de Alameda, Unidad de Apelaciones de Valoración Fiscal / Junta de Apelaciones de Valoración Fiscal antes de confiar en ella.